Sucesiones, plusvalía municipal e IRPF: te explicamos qué pagas al vender una herencia y cómo reducir la factura.

Impuestos al vender una herencia: plusvalía municipal e IRPF

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Los tres impuestos que debes tener en cuenta

Vender un bien heredado implica pasar por tres tributos distintos. El primero es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), que se paga por heredar, no por vender. El segundo es la plusvalía municipal (IVTNU), que grava el incremento de valor del suelo urbano. Y el tercero es la ganancia patrimonial en el IRPF, por la diferencia entre el valor heredado y el precio de venta.

Impuesto de Sucesiones: se paga por heredar

El ISD se liquida al aceptar la herencia, dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento (prorrogables). Comunidades como Madrid, Andalucía o la Comunidad Valenciana aplican bonificaciones muy elevadas para cónyuge, hijos y padres, por lo que la factura para familiares directos suele ser reducida.

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Plusvalía municipal (IVTNU)

Al vender el inmueble heredado, el ayuntamiento cobra la plusvalía por el incremento de valor del suelo desde que se adquirió. Desde 2021 puedes elegir el método de cálculo (real u objetivo), lo que a menudo reduce la cantidad; e incluso no se paga si no ha habido incremento de valor.

Ganancia patrimonial en el IRPF

Tributa la diferencia entre el valor de adquisición (el declarado en la herencia, más gastos e impuestos) y el valor de transmisión (precio de venta menos gastos). Esa ganancia se integra en la base del ahorro, con tipos que en 2026 van del 19% al 28% por tramos.

Cómo reducir la factura fiscal

Declarar un valor de herencia ajustado, sumar todos los gastos deducibles, elegir bien el método de plusvalía y planificar el momento de la venta pueden suponer un ahorro relevante. En cada operación te desglosamos los números antes de firmar.

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos se pagan al vender una herencia?

Tres: Sucesiones (por heredar), plusvalía municipal (por el incremento de valor del suelo) y ganancia patrimonial en el IRPF (por la diferencia entre valor heredado y de venta).

¿Cuánto es la ganancia patrimonial en el IRPF al vender un piso heredado?

Se calcula sobre la diferencia entre el valor de adquisición declarado en la herencia y el precio de venta. En 2026 tributa en la base del ahorro con tipos del 19% al 28%.

¿Se paga plusvalía municipal al vender una casa heredada?

Sí, salvo que no haya existido incremento de valor del terreno. Desde 2021 puedes elegir el método que menos pague.

¿Puedo vender la herencia sin haber pagado Sucesiones?

Necesitas haber aceptado la herencia y, por lo general, tener liquidado el ISD para inscribir y transmitir. Te ayudamos a coordinar ambos trámites.

¿Cómo pago menos impuestos al vender una herencia?

Declarando bien el valor, deduciendo gastos, eligiendo el mejor método de plusvalía y planificando la venta. Te hacemos un cálculo personalizado gratuito.

Ejemplo práctico de impuestos al vender una herencia

Imagina que heredas junto a un hermano una vivienda valorada en 200.000 € y vendéis. Cada uno tributó primero por el Impuesto de Sucesiones al aceptar (muy bonificado en comunidades como Madrid para hijos y cónyuge). Al vender, se paga la plusvalía municipal por el incremento de valor del suelo y, en el IRPF, la ganancia patrimonial: la diferencia entre el valor por el que se heredó y el precio de venta, con tipos del 19% al 28%. Si vendes por un importe similar al valor declarado en la herencia, la ganancia —y por tanto el IRPF— puede ser mínima.

Plazos para pagar cada impuesto

  • Impuesto de Sucesiones: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables otros 6).
  • Plusvalía municipal: 30 días hábiles desde la venta.
  • IRPF (ganancia patrimonial): en la declaración de la renta del año siguiente a la venta.

¿Se puede evitar pagar la plusvalía municipal al vender una herencia?

No se paga si no ha habido incremento de valor del suelo, y desde 2021 puedes elegir el método de cálculo más favorable. Te calculamos ambos escenarios.

¿La venta de una herencia tributa dos veces?

No es doble imposición: Sucesiones grava el hecho de heredar y el IRPF grava la ganancia obtenida al vender. Son impuestos distintos sobre hechos distintos.

¿Puedo deducir gastos al calcular la ganancia patrimonial?

Sí. Puedes sumar al valor de adquisición los gastos e impuestos de la herencia (notaría, registro, Sucesiones, plusvalía) para reducir la ganancia sujeta a IRPF.

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