Si uno de los hermanos no quiere vender, tú puedes vender tu parte de forma legal y sin su consentimiento. Te la compramos al contado.
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El bloqueo entre hermanos es más común de lo que crees
Cuando varios hermanos heredan una misma vivienda, basta con que uno se niegue para que todo quede paralizado durante años, mientras los gastos —IBI, comunidad, suministros, derramas— siguen corriendo para todos.
Lo que muchos herederos desconocen es que no están obligados a permanecer atrapados en esa copropiedad: puedes vender únicamente tu parte sin depender de la voluntad de tus hermanos.
Qué dice la ley: tu derecho a vender tu cuota
El artículo 399 del Código Civil reconoce que cada copropietario es dueño pleno de su cuota y puede venderla libremente. El artículo 400 añade que nadie está obligado a permanecer en la comunidad: cualquiera puede pedir en todo momento la división de la cosa común.
Por tanto, si tus hermanos se niegan a vender o a comprarte, tienes dos caminos: vender tu cuota a una empresa especializada como la nuestra, cobrando al contado de inmediato, o instar judicialmente la división, que puede terminar en subasta tras años de procedimiento.
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El derecho de retracto, sin tecnicismos
Si vendes tu parte a un tercero, tus hermanos tienen derecho de retracto: pueden igualar el precio y quedarse con tu cuota dentro del plazo legal. Nosotros gestionamos la notificación fehaciente para que la venta sea segura para ti.
La opción rápida: te compramos tu parte
En lugar de esperar años a un juicio, te hacemos una oferta al contado por tu cuota. Tú te desvinculas del inmueble, dejas de pagar gastos y cobras; nosotros asumimos la negociación con el resto o la extinción del proindiviso.
Preguntas frecuentes
¿Puedo vender mi parte de la herencia si un hermano no quiere vender?
Sí. El artículo 399 del Código Civil te permite vender tu cuota a un tercero sin el consentimiento de tus hermanos. Ellos solo conservan un derecho de retracto.
¿Qué pasa si ninguno quiere comprar ni vender?
Puedes instar la división judicial de la cosa común (art. 400 CC). El juez puede ordenar la venta en subasta y repartir el dinero, pero no puede obligar a un hermano a comprar la parte de otro.
¿Es legal vender a una empresa mi parte de la herencia?
Totalmente. Solo hay que respetar el derecho de retracto de los demás coherederos mediante notificación fehaciente, que gestionamos por ti.
¿Cuánto me pueden pagar por mi parte?
Depende del valor del inmueble, tu porcentaje y las cargas (usufructo, inquilinos, ocupación). Te hacemos una tasación gratuita y una oferta concreta en 48-72 horas.
¿Dejo de pagar los gastos del piso al vender mi parte?
Sí. Desde la firma te desvinculas del inmueble y dejas de asumir IBI, comunidad, suministros y derramas de tu cuota.
Qué hacer si un hermano no quiere vender la casa heredada
Si uno de los hermanos se niega a vender, no estás obligado a seguir atrapado en la copropiedad. Tienes tres vías: intentar un acuerdo o una extinción de condominio (que alguien compre a los demás), vender tu parte de la herencia a una empresa especializada como la nuestra, o instar la división judicial de la cosa común. La segunda es la más rápida y no depende de la voluntad de tus hermanos.
División de la cosa común: cómo funciona
El artículo 400 del Código Civil establece que ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad. Si no hay acuerdo, cualquiera puede pedir al juzgado la división de la cosa común; cuando el inmueble no se puede dividir físicamente, se vende en subasta pública y se reparte el dinero. Es un proceso largo y a precio de saldo, por lo que vender tu cuota directamente suele ser mucho más ventajoso.
¿Un hermano puede bloquear la venta de la casa heredada?
Puede negarse a vender el conjunto, pero no puede impedir que tú vendas tu parte. Solo conserva un derecho de retracto para igualar el precio.
¿Cuánto tarda la división judicial de la cosa común?
Puede alargarse uno o varios años y terminar en subasta. Por eso vender tu cuota al contado suele ser la opción más rápida y rentable.
¿Puedo vender mi parte a un hermano en lugar de a un tercero?
Sí, si alguno quiere comprarte. Si no, te la compramos nosotros y asumimos la relación con el resto.
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